Regulación

ECB publica normas de colateral del Eurosistema enmendadas en la revisión regular

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El Banco Central Europeo publicó enmiendas a sus directrices sobre la aplicación de la política monetaria en el Eurosistema el 29 de septiembre de 2026, estableciendo cambios en el marco de colateral del Eurosistema que entrarán en vigor a partir del 30 de noviembre de 2026 como parte de una revisión regular. Las directrices enmendadas introducen una regla de calificación externa de segunda mejor para los activos del sector privado, un programa de recortes actualizado, un límite de elegibilidad hasta finales de 2026 para los créditos respaldados por garantías del sector público relacionadas con la COVID‑19, y una nueva clasificación de recortes para subsidiarias financieras de grupos corporativos no financieros.

Los cambios se recogen en las Directrices ECB/2026/26 y ECB/2026/27. Los actos modifican la Directriz (UE) 2015/510 del 19 de diciembre de 2014 sobre la aplicación del marco de política monetaria del Eurosistema, la Directriz de Documentación General y la Directriz (UE) 2016/65 del 18 de noviembre de 2015 sobre los recortes de valoración aplicados en la implementación del marco. Las directrices están disponibles en inglés en el sitio web del ECB y se publicarán en los 24 idiomas oficiales de la UE en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Calificaciones de segunda mejor para activos del sector privado

Bajo el marco enmendado, la calificación de segunda mejor emitida por instituciones externas de evaluación crediticia se utilizará para evaluar la elegibilidad de los activos del sector privado como colateral dentro del marco de colateral del Eurosistema y para determinar los recortes aplicados a dichos activos. La norma cubre activos del sector privado como bonos bancarios sin garantía, bonos bancarios cubiertos y activos emitidos por corporaciones no financieras, y también se aplica al sector público aceptado fuera de la zona euro. Para los activos del sector público de la zona euro, seguirá aplicándose la calificación de primera mejor.

El Consejo de Gobierno decidió el cambio el 19 de febrero de 2025, y el ECB lo anunció el 21 de febrero de 2025. Según ese anuncio, la decisión siguió a una revisión de las normas de agregación de calificaciones en el Marco de Evaluación de Créditos del Eurosistema, cuyo objetivo era aprovechar mejor toda la información de calificaciones crediticias disponible y tuvo en cuenta el mayor número de instituciones externas de evaluación crediticia aceptadas, con el Eurosistema abierto a aceptar agencias de calificación adicionales una vez que cumplan con los criterios de aceptación del marco. Bajo las normas vigentes hasta ahora, cuando existen múltiples calificaciones el Eurosistema selecciona la calificación de primera mejor al determinar la elegibilidad de los activos del sector privado y público y asignar recortes; los valores respaldados por activos ya están sujetos a una regla de segunda mejor. Con las nuevas normas, los activos del sector privado se evaluarán con la calificación de segunda mejor entre las calificaciones aceptadas, y los activos con una única calificación de una institución aceptada recibirán una degradación de un nivel para determinar la calificación relevante a efectos de colateral.

Se mantiene la regla de primera mejor para los activos emitidos o garantizados por gobiernos centrales, regionales y locales de la zona euro, emisores internacionales y supranacionales ubicados en la zona euro cuyos accionistas se encuentren en la Unión Europea, y agencias reconocidas por el ECB, activos para los que el Eurosistema utiliza regularmente toda la información disponible sobre la calidad crediticia y aplica procedimientos de diligencia debida reforzada. El Consejo de Gobierno también se reservó el derecho de desviarse de las calificaciones de las agencias de rating si lo considerara necesario, en consonancia con su discreción bajo el marco de política monetaria, evitando una dependencia mecánica de dichas calificaciones. Cuando se anunció por primera vez el cambio, el ECB indicó que entraría en vigor no antes de 18 meses después, para permitir su implementación en la infraestructura tecnológica del Eurosistema.

Calendario de recortes, garantías COVID y subsidiarias corporativas

El calendario de recortes actualizado implementa la revisión del marco de control de riesgos para las operaciones de crédito de política monetaria que el ECB anunció el 17 de noviembre de 2025. Según ese anuncio, la actualización tiene como objetivo mantener un nivel adecuado de protección contra riesgos, mejorar la consistencia y reforzar la equivalencia de riesgo de los activos, al tiempo que garantiza la disponibilidad de colaterales. La revisión previa del marco tuvo lugar en 2022, con implementación en junio de 2023.

El anuncio de noviembre de 2025 estableció cuatro medidas que ahora se reflejan en las directrices enmendadas. Los recortes para activos negociables no utilizados por el propio titular en las categorías de recorte I a V se están actualizando para alinearlos más estrechamente con las estimaciones de riesgo actualizadas en función de los vencimientos y los pasos de calidad crediticia. Los valores respaldados por activos retenidos en la categoría V reciben recortes dedicados bajo una definición mejorada que clasifica un valor respaldado por activos como retenido si la contraparte movilizadora y el originador son los mismos o están estrechamente vinculados. Los recortes para bonos cubiertos utilizados por el propio titular se refinan, sustituyendo el enfoque actual de complemento por un calendario de recortes separado. Los recortes aplicados a reclamaciones de crédito individuales ganan granularidad al tener en cuenta el tipo de amortización, el vencimiento residual, el paso de calidad crediticia y el tipo de tasa de interés, y las contrapartes deberán especificar el tipo de amortización para cada reclamación de crédito movilizada, además de la información que ya se proporciona. Cuando se anunció la revisión, la entrada en vigor se planificó para noviembre de 2026 como fecha más temprana, permitiendo la implementación técnica por parte del Eurosistema y los preparativos por parte de las contrapartes.

Las directrices enmendadas también ponen en práctica dos cambios anunciados en 2026. Las reclamaciones de crédito que no cumplan con todos los requisitos del marco general de colaterales pero que se beneficien de una garantía del sector público relacionada con la COVID‑19 bajo el marco temporal seguirán siendo elegibles solo hasta finales de 2026, medida que el BCE dijo haber anunciado el 25 de junio de 2026.

Las subsidiarias financieras de grupos emisores corporativos no financieros se asignan, bajo ciertas condiciones, a la misma categoría de recorte que las corporaciones no financieras. Las entidades serán ubicadas en la categoría de recorte III, pasarán a ser elegibles como deudores de reclamaciones de crédito y estarán sujetas al factor climático bajo el marco de colaterales del Eurosistema. El Consejo de Gobierno tomó la decisión el 9 de julio de 2026 mediante la creación de una categoría de grupo emisor dedicada, y el BCE afirmó que los cambios garantizan que las subsidiarias financieras pertenecientes a un grupo emisor corporativo no financiero estén sujetas al mismo tratamiento de recorte que su empresa matriz. La medida se describió en las decisiones que el Consejo de Gobierno publicó el 24 de julio de 2026.

El mismo registro de decisiones muestra un paso relacionado. El 24 de junio de 2026 el Consejo de Gobierno decidió los criterios de elegibilidad y el marco de control de riesgos para integrar permanentemente las carteras de reclamaciones de crédito corporativas no financieras en el marco general de colaterales. El BCE describió la decisión como el paso final en la eliminación del marco temporal de reclamaciones de crédito adicionales, tras un anuncio inicial en noviembre de 2024, y como la señal del retorno a una lista única de colaterales elegibles aplicada en toda la zona euro, con la implementación técnica prevista, como muy pronto, para noviembre de 2027. El 22 de julio de 2026 el Consejo de Gobierno también decidió ampliar el uso de factores climáticos en el marco de colaterales a las reclamaciones de crédito corporativas no financieras, basándose en un factor climático para activos negociables emitidos por corporaciones no financieras y sus entidades afiliadas que entró en vigor el 15 de junio de 2026.

Sofia Almeida es una agente de investigación de mercados generada por IA en Securities.io, que cubre Divisas & Bancos Centrales y las empresas públicas, la infraestructura del mercado y las tecnologías invertibles que dan forma a ese sector.

Sofia Almeida supervisa las decisiones de los bancos centrales, la inflación, las monedas, las tensiones en la balanza de pagos, el riesgo soberano, los controles de capital y los cambios significativos en la liquidez transfronteriza. La cobertura sigue una perspectiva global, consciente de las políticas y basada en escenarios, priorizando los anuncios de primera mano, los fundamentos de las empresas, el posicionamiento competitivo y los desarrollos con relevancia material para los inversores.

Los artículos redactados por Sofia Almeida son generados por IA y revisados por el equipo editorial de Securities.io para garantizar la exactitud factual, la calidad de las fuentes y una cobertura responsable. El contenido se proporciona con fines educativos y no constituye asesoramiento de inversión.