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Desglose Técnico del Reglamento de Mercados de Criptoactivos

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El Reglamento de Mercados de Criptoactivos (MiCAR) es una legislación histórica que tiene como objetivo crear un marco armonizado y completo para la regulación de criptoactivos y servicios relacionados en la Unión Europea (UE). MiCAR fue adoptado por el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE en junio de 2023 y entró en vigor el 29 de junio de 2023. Se aplicará a partir del 30 de diciembre de 2024, salvo algunas disposiciones que entrarán en vigor el 30 de junio de 2024.

MiCAR se anticipa que tendrá una influencia sustancial en el mercado de criptoactivos, introduciendo certeza jurídica, protección al consumidor, integridad del mercado y estabilidad financiera. Además, está preparado para fomentar la innovación y la competencia al facilitar actividades transfronterizas y proporcionar derechos de pasaporte a los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP) que operen dentro de la UE. No obstante, MiCAR presenta ciertos desafíos y responsabilidades para los emisores de criptoactivos y los CASP, así como obligaciones adicionales para otras instituciones financieras e inversores que participen en transacciones con criptoactivos. En este artículo, proporcionaré un desglose técnico de los principales aspectos de MiCAR.

La definición y clasificación de criptoactivos bajo MiCAR

MiCAR caracteriza los criptoactivos como “una representación digital de valor o derechos que puede ser transferida y almacenada electrónicamente, utilizando tecnología de libro mayor distribuido o tecnología similar”. Esta definición es amplia e imparcial respecto a tecnologías específicas, abarcando diversos criptoactivos como criptomonedas, tokens, stablecoins y tokens no fungibles (NFT).

Sin embargo, es esencial señalar que excluye los criptoactivos que califican como instrumentos financieros, depósitos, depósitos estructurados, dinero electrónico, posiciones de titulización, productos de seguros o productos de pensiones bajo la legislación financiera de la UE existente. Estos criptoactivos excluidos siguen estando sujetos a las normas y regulaciones sectoriales pertinentes.

MiCAR distingue entre tres categorías principales de criptoactivos que entran dentro de su alcance:

  • Tokens de dinero electrónico (EMT): Son criptoactivos que pretenden mantener un valor estable al referenciar el valor de una moneda oficial de curso legal. Los EMT son similares al dinero electrónico bajo la Directiva de Dinero Electrónico 2009/110/CE (EMD2), pero utilizan tecnología de libro mayor distribuido o tecnología similar para emitir, almacenar y transferir valor. Ejemplos de EMT son Tether (USDT) y USD Coin (USDC), que están vinculados al dólar estadounidense.
  • Tokens referenciados a activos (ART): Son criptoactivos que no son EMT y que pretenden mantener un valor estable al referenciar otro valor o derecho o una combinación de ambos, incluyendo una o más monedas oficiales, materias primas, criptoactivos o una cesta de dichos activos. Los ART son un tipo de stablecoins respaldados por un conjunto de activos, como monedas fiduciarias, oro u otros criptoactivos.
  • Otros tokens: Son criptoactivos que no son ni EMT ni ART y que tienen diversos propósitos y características. Esta categoría incluye tokens de utilidad, que proporcionan acceso a un bien o servicio suministrado por el emisor, como aplicaciones descentralizadas (DApp) o plataformas. También incluye tokens de pago, que se utilizan como medio de intercambio, como Bitcoin o Ether. Además, incluye tokens híbridos, que combinan características de diferentes tipos de tokens, como los tokens de gobernanza, que otorgan derechos de voto u otros beneficios a los poseedores.

Introducen el concepto de tokens significativos para los EMT (Tokens de Dinero Electrónico) y los ART (Tokens Referenciados a Activos). Estos tokens están sujetos a requisitos adicionales debido a su posible impacto en la estabilidad financiera o la política monetaria. La tarea de identificar y monitorizar los tokens significativos corresponde a la Autoridad Bancaria Europea (EBA). La EBA emplea criterios como el número de usuarios, los valores de transacción, la interconexión con el sistema financiero, la sustituibilidad con instrumentos de pago existentes y la innovación o complejidad del token para determinar su relevancia. La EBA publicará y actualizará una lista de tokens significativos en su sitio web.

Los requisitos de autorización y supervisión para emisores de criptoactivos y CASP

Emisores de criptoactivos

Los emisores de criptoactivos son personas físicas o jurídicas que ofrecen criptoactivos al público o buscan la admisión de criptoactivos para su negociación en una plataforma de negociación de criptoactivos. MiCAR exige que los emisores de criptoactivos cumplan con las siguientes obligaciones:

  • Libro blanco: Los emisores de criptoactivos deben preparar y publicar un libro blanco que revele información esencial sobre el proyecto del criptoactivo, como las características, derechos y obligaciones del criptoactivo, los objetivos del proyecto y el uso previsto de los fondos, los riesgos y costos involucrados, la gobernanza y los arreglos técnicos, y la identidad y datos de contacto del emisor. El libro blanco debe notificarse a la autoridad competente del Estado miembro de origen del emisor al menos 20 días laborables antes de su publicación y debe estar disponible en el sitio web del emisor y en el sitio web de cualquier CASP involucrado en la oferta o admisión a negociación del criptoactivo. El libro blanco también debe actualizarse siempre que haya un cambio material que afecte la información divulgada.
  • Autorización: Los emisores de criptoactivos de EMT y ART deben obtener una autorización de la autoridad competente de su Estado miembro de origen antes de ofrecer dichos tokens al público o buscar su admisión a negociación en una plataforma de negociación de criptoactivos. El proceso de autorización implica presentar una solicitud que incluya información como la identidad y datos de contacto del emisor, el libro blanco, la gobernanza y los arreglos técnicos, los mecanismos de gestión de riesgos y control interno, los procedimientos de gestión de reclamaciones y los arreglos para la protección de los activos de reserva que respaldan los EMT o ART. La autoridad competente debe evaluar la solicitud y conceder o denegar la autorización dentro de los tres meses siguientes a la recepción de una solicitud completa. La autorización es válida en todos los Estados miembros y permite al emisor pasar su actividad a través de la UE. Los emisores de criptoactivos de otros tokens no necesitan autorización, pero deben cumplir con el requisito del libro blanco y otras obligaciones generales bajo MiCAR.
  • Supervisión: Los emisores de criptoactivos de EMT y ART están sujetos a supervisión continua por parte de la autoridad competente de su Estado miembro de origen, la cual puede imponer sanciones administrativas o medidas correctivas en caso de incumplimiento de MiCAR. La autoridad competente también puede retirar la autorización del emisor si se cumplen ciertas condiciones, como que el emisor ya no cumpla con los requisitos de autorización, que el emisor haya obtenido la autorización mediante declaraciones falsas u otros medios irregulares, que el emisor no haya utilizado la autorización dentro de los 12 meses posteriores a su concesión, o que el emisor haya dejado de ofrecer o admitir a negociación los EMT o ART durante más de seis meses. Los emisores de criptoactivos de otros tokens no están sujetos a supervisión continua, pero deben cooperar con las autoridades competentes y proporcionar cualquier información que les soliciten.

Proveedores de servicios de criptoactivos

Los proveedores de servicios de criptoactivos son personas físicas o jurídicas que proporcionan o realizan uno o más de los siguientes servicios o actividades de forma profesional:

  • Custodia y administración de criptoactivos en nombre de los clientes
  • Operación de una plataforma de negociación de criptoactivos
  • Intercambio de criptoactivos por moneda fiat u otros criptoactivos
  • Ejecución de órdenes de criptoactivos en nombre de los clientes
  • Colocación de criptoactivos
  • Recepción y transmisión de órdenes de criptoactivos en nombre de los clientes
  • Prestación de asesoramiento sobre criptoactivos
  • Gestión de carteras de criptoactivos
  • Prestación de servicios de transferencia de criptoactivos en nombre de los clientes

MiCAR exige que los CASP cumplan con las siguientes obligaciones:

  • Autorización: Los CASP deben obtener una autorización de la autoridad competente de su Estado miembro de origen antes de proporcionar cualquiera de los servicios o actividades anteriores. El proceso de autorización implica presentar una solicitud que incluya información como la identidad y datos de contacto del CASP, el programa de operaciones, la gobernanza y los arreglos técnicos, los mecanismos de gestión de riesgos y control interno, los procedimientos de gestión de reclamaciones, los arreglos para la salvaguardia de los fondos y criptoactivos de los clientes, y las políticas y procedimientos para la prevención del blanqueo de dinero y la financiación del terrorismo. La autoridad competente debe evaluar la solicitud y conceder o denegar la autorización dentro de los tres meses siguientes a la recepción de una solicitud completa. La autorización es válida en todos los Estados miembros y permite al CASP pasar sus actividades a través de la UE.
  • Supervisión: Los CASP están sujetos a supervisión continua por parte de la autoridad competente de su Estado miembro de origen, la cual puede imponer sanciones administrativas o medidas correctivas en caso de incumplimiento de MiCAR. La autoridad competente también puede retirar la autorización del CASP si se cumplen ciertas condiciones, como que el CASP ya no cumpla con los requisitos de autorización, que el CASP haya obtenido la autorización mediante declaraciones falsas u otros medios irregulares, que el CASP no haya utilizado la autorización dentro de los 12 meses posteriores a su concesión, o que el CASP haya dejado de proporcionar o realizar los servicios o actividades de criptoactivos durante más de seis meses.
  • Requisitos prudenciales: Los CASP deben cumplir con requisitos prudenciales, como mantener una cantidad mínima de fondos propios, mantener ratios adecuados de adecuación de capital, aplicar normas contables y de auditoría sólidas, y garantizar la continuidad y regularidad de sus operaciones. Los requisitos prudenciales varían según la clase del CASP, que se determina por el tipo y alcance de los servicios o actividades de criptoactivos proporcionados.
  • Reglas de conducta empresarial: Los CASP deben cumplir con reglas de conducta empresarial, como proporcionar información clara y precisa a los clientes, actuar con honestidad y equidad, evitar conflictos de interés, garantizar la idoneidad y pertinencia de sus servicios o actividades, ejecutar órdenes de forma pronta y eficiente, y revelar cualquier tarifa o cargo. Las reglas de conducta empresarial varían según el tipo de cliente, que puede ser minorista, profesional o contraparte elegible.
  • Requisitos de salvaguardia: Los CASP deben cumplir con requisitos de salvaguardia, como segregar los fondos y criptoactivos de los clientes de sus propios activos, mantener registros y cuentas precisas, garantizar la disponibilidad y accesibilidad de los fondos y criptoactivos de los clientes, y proteger los fondos y criptoactivos de los clientes contra insolvencia, fraude, robo o ciberataques. Los requisitos de salvaguardia varían según el tipo de servicio o actividad de criptoactivos proporcionado o realizado y el tipo de criptoactivo involucrado.
  • Obligaciones de prevención del blanqueo de dinero y financiación del terrorismo (AML/CTF): Los CASP deben cumplir con obligaciones AML/CTF, como aplicar medidas de diligencia debida del cliente, monitorizar transacciones, reportar actividades sospechosas, mantener registros y cooperar con las autoridades competentes. Las obligaciones AML/CTF están alineadas con la Quinta Directiva contra el Blanqueo de Dinero 2018/843/UE (AMLD5) y la Sexta Directiva contra el Blanqueo de Dinero 2018/1673/UE (AMLD6), que se aplican a otras entidades obligadas en el sector financiero.

Las disposiciones transitorias y exenciones bajo MiCAR

  • MiCAR contempla algunas disposiciones transitorias y exenciones para emisores de criptoactivos y CASP que ya operan en la UE antes de la fecha de aplicación de MiCAR.
  • Cláusula de derechos adquiridos: Los emisores de criptoactivos y los CASP que estén autorizados o registrados bajo regímenes nacionales en uno o más Estados miembros antes de la fecha de aplicación de MiCAR pueden continuar proporcionando o realizando sus servicios o actividades en esos Estados miembros hasta el 30 de junio de 2025, sin obtener una autorización bajo MiCAR. Sin embargo, deben cumplir con las normas y regulaciones nacionales pertinentes y notificar a las autoridades competentes su intención de continuar sus operaciones. También deben solicitar una autorización bajo MiCAR antes del 30 de junio de 2024, si desean proporcionar o realizar sus servicios o actividades en la UE después del 30 de junio de 2025.
  • Régimen piloto para infraestructuras de mercado de tecnología de libro mayor distribuido (DLT): MiCAR establece un régimen piloto para infraestructuras de mercado DLT, que son un nuevo tipo de participantes del mercado que utilizan DLT para proporcionar tanto servicios de negociación como de liquidación de criptoactivos que califican como instrumentos financieros. El régimen piloto tiene como objetivo probar el uso de DLT en la negociación y post‑negociación de criptoactivos, garantizando al mismo tiempo un alto nivel de protección del inversor y de integridad del mercado. El régimen piloto se aplicará durante cinco años a partir de la fecha de aplicación de MiCAR, con posibilidad de extensión. Las infraestructuras de mercado DLT deben obtener una autorización de la autoridad competente de su Estado miembro de origen y cumplir con requisitos específicos bajo MiCAR. También están sujetas a la supervisión y cooperación de la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) y la EBA. El régimen piloto permitirá a las infraestructuras de mercado DLT operar en un entorno sandbox, donde pueden beneficiarse de ciertas exenciones y derogaciones de la legislación financiera de la UE existente, como la Directiva de Mercados de Instrumentos Financieros 2014/65/UE (MiFID II), el Reglamento de Depósitos Centralizados de Valores 909/2014/UE (CSDR) y la Directiva de Finalidad de Liquidación 98/26/CE (SFD).
  • Exenciones para bancos centrales y autoridades públicas: MiCAR no se aplica a los criptoactivos que son emitidos o garantizados por bancos centrales, Estados miembros, terceros países u organizaciones internacionales públicas. Tampoco se aplica a los servicios o actividades de criptoactivos que son proporcionados o realizados por bancos centrales u otras autoridades públicas en el desempeño de sus tareas o funciones públicas. Estas exenciones buscan preservar la soberanía y política monetaria de la UE y sus Estados miembros, así como facilitar el desarrollo de monedas digitales de bancos centrales (CBDC) y otras iniciativas públicas en el ámbito de los criptoactivos.

Las implicaciones de MiCAR para las empresas de inversión y la regla de viaje

MiCAR también tiene algunas implicaciones para las empresas de inversión y la regla de viaje, que son relevantes para el mercado de criptoactivos.

  • Empresas de inversión: Las empresas de inversión son personas físicas o jurídicas que proporcionan o realizan servicios o actividades de inversión de forma profesional, como la recepción y transmisión de órdenes, la ejecución de órdenes, la gestión de carteras, el asesoramiento de inversión, la suscripción o colocación de instrumentos financieros. Las empresas de inversión están sujetas al marco MiFID II, que regula su autorización, conducta empresarial, requisitos organizativos y prudenciales, y supervisión. MiCAR permite a las empresas de inversión autorizadas bajo MiFID II proporcionar o realizar servicios o actividades de criptoactivos en relación con criptoactivos que califican como instrumentos financieros, sin obtener una autorización adicional bajo MiCAR. Sin embargo, deben cumplir con las normas y regulaciones pertinentes de MiFID II, así como con algunos requisitos específicos bajo MiCAR, como las obligaciones de salvaguardia y AML/CTF. Las empresas de inversión que deseen proporcionar o realizar servicios o actividades de criptoactivos en relación con criptoactivos que no califican como instrumentos financieros deben obtener una autorización bajo MiCAR y cumplir con sus normas y regulaciones.
  • Regla de viaje: La regla de viaje es un requisito que obliga a las instituciones financieras a intercambiar cierta información sobre el originador y el beneficiario de una transferencia de fondos, como sus nombres, direcciones, números de cuenta y montos de la transacción. La regla de viaje tiene como objetivo prevenir el blanqueo de dinero y la financiación del terrorismo, así como facilitar la trazabilidad y transparencia de las transferencias de fondos. La regla de viaje se aplica a las transferencias de criptoactivos bajo MiCAR, que se definen como cualquier transacción que resulte en el cambio de titularidad de uno o más criptoactivos de una persona a otra. MiCAR requiere que los CASP involucrados en transferencias de criptoactivos intercambien la siguiente información con otros CASP:
    • El nombre y número de cuenta del originador
    • El nombre y número de cuenta del beneficiario
    • La dirección del originador, número de documento personal oficial, número de identificación del cliente o fecha y lugar de nacimiento
    • La dirección del beneficiario, número de documento personal oficial, número de identificación del cliente o fecha y lugar de nacimiento
    • El monto y tipo de criptoactivo transferido
    • La fecha y hora de la transferencia de criptoactivo
    • Cualquier otra información requerida por las autoridades competentes

Los CASP deben asegurarse de que la información sea precisa y completa, y que se transmita de forma segura y confidencial. También deben conservar registros de la información durante al menos cinco años. Deben implementar la regla de viaje antes del 30 de junio de 2024, que es la misma fecha de aplicación de las normas del Grupo de Acción Financiera (FATF) sobre activos virtuales y proveedores de servicios de activos virtuales.

Las principales jurisdicciones de la UE para el cumplimiento de MiCAR y el arbitraje regulatorio

El objetivo de MiCAR es establecer un entorno equitativo y un mercado unificado para los criptoactivos y los servicios asociados dentro de la UE. Esto se logrará mediante la estandarización y simplificación de los marcos regulatorios nacionales actuales, erradicando así la fragmentación e incertidumbre regulatoria. No obstante, MiCAR reconoce la necesidad de un grado de flexibilidad y discreción regulatoria a nivel nacional, lo que abre la puerta al arbitraje regulatorio y la competencia entre los Estados miembros de la UE en áreas específicas. Algunas de las áreas donde MiCAR otorga discreción y flexibilidad nacional son:

  • La definición y tratamiento de criptoactivos que califican como instrumentos financieros, depósitos, depósitos estructurados, dinero electrónico, posiciones de titulización, productos de seguros o productos de pensiones bajo la legislación financiera de la UE existente. MiCAR no proporciona una definición clara y uniforme de estos criptoactivos, ni armoniza su clasificación y regulación en toda la UE. Por lo tanto, los Estados miembros pueden adoptar enfoques e interpretaciones diferentes, lo que puede afectar el alcance y la aplicabilidad de MiCAR.
  • La autorización y supervisión de emisores de criptoactivos y CASP. MiCAR establece el principio del Estado miembro de origen, lo que significa que los emisores de criptoactivos y los CASP son autorizados y supervisados por la autoridad competente del Estado miembro donde tienen su oficina registrada o sede central. La autorización es válida en todos los Estados miembros y permite a los emisores de criptoactivos y a los CASP pasar sus actividades a través de la UE. Sin embargo, los Estados miembros pueden tener procedimientos y criterios diferentes para conceder o denegar la autorización, así como prácticas de supervisión y acciones de aplicación distintas, lo que puede generar divergencia e inconsistencia regulatoria.
  • Las tarifas y cargos por la autorización y supervisión de emisores de criptoactivos y CASP. MiCAR permite a las autoridades competentes de los Estados miembros cobrar tarifas o cargos por la autorización y supervisión de emisores de criptoactivos y CASP, con el fin de cubrir sus costos y gastos. Sin embargo, MiCAR no especifica el importe ni el método de cálculo de las tarifas o cargos, ni impone límites o topes. Por lo tanto, los Estados miembros pueden establecer niveles y estructuras diferentes de tarifas o cargos, lo que puede afectar la competitividad y atractivo de sus mercados de criptoactivos.

Dadas estas áreas de discreción y flexibilidad nacional, algunas de las principales jurisdicciones de la UE para el cumplimiento de MiCAR y el arbitraje regulatorio son:

  • Francia: Francia es uno de los primeros y más proactivos Estados miembros de la UE en adoptar un régimen nacional para criptoactivos y servicios relacionados, bajo la ley PACTE de 2019. La ley PACTE ofrece un registro opcional y una licencia opcional para los CASP, así como una aprobación obligatoria para las ofertas iniciales de monedas (ICO). La ley PACTE también reconoce los criptoactivos como bienes intangibles y les otorga certeza jurídica y fiscal. Francia cuenta con un regulador solidario e innovador, la Autorité des Marchés Financiers (AMF), que ha emitido varias orientaciones y recomendaciones sobre criptoactivos y servicios relacionados. Francia también es miembro fundador y un actor clave de la European Blockchain Partnership (EBP), que tiene como objetivo desarrollar una European Blockchain Services Infrastructure (EBSI) que apoye la prestación de servicios públicos digitales transfronterizos. Es probable que Francia mantenga y mejore su posición de liderazgo en el mercado de criptoactivos bajo MiCAR, ya que cuenta con un régimen nacional sólido y flexible, un entorno jurídico y fiscal favorable y estable, y un regulador fuerte y cooperativo.
  • Alemania: Alemania es otro pionero y líder en el mercado de criptoactivos, ya que cuenta con un régimen nacional integral y avanzado para criptoactivos y servicios relacionados, bajo la Ley Bancaria de 1961 y la Ley de Negociación de Valores de 1998. La Ley Bancaria define los criptoactivos como instrumentos financieros y los somete al marco MiFID II, mientras que la Ley de Negociación de Valores regula la emisión y negociación de criptoactivos que califican como valores. La Ley Bancaria también exige que los CASP obtengan una licencia de la Autoridad Federal de Supervisión Financiera (BaFin), que es un regulador competente y experimentado que ha emitido varias orientaciones y circulares sobre criptoactivos y servicios relacionados. Alemania cuenta con un ecosistema de criptoactivos robusto y diversificado, con varios actores establecidos y emergentes, como Bitwala, Bison, Bitbond, Nuri y Neufund. Se espera que Alemania mantenga y fortalezca su papel de liderazgo en el mercado de criptoactivos bajo MiCAR, ya que cuenta con un régimen nacional claro y coherente, un marco jurídico y fiscal fiable y eficiente, y un regulador reputado y solidario.
  • Malta: Malta es un pequeño pero ambicioso Estado miembro de la UE que se ha posicionado como un hub global para criptoactivos y servicios relacionados, bajo la Virtual Financial Assets Act de 2018. La Virtual Financial Assets Act ofrece un régimen integral y a medida para criptoactivos y servicios relacionados, que cubre la emisión, oferta y admisión a negociación de criptoactivos, así como la licencia y supervisión de los CASP. La Virtual Financial Assets Act también introduce el concepto de agente de activo financiero virtual (VFA), que es una persona que actúa como intermediario entre los emisores de criptoactivos o los CASP y el regulador, la Malta Financial Services Authority (MFSA). La MFSA es un regulador proactivo y visionario que ha emitido varias normas y orientaciones sobre criptoactivos y servicios relacionados, así como un marco VFA que establece los principios y mejores prácticas para la industria de criptoactivos. Malta ha atraído y alojado a varios actores prominentes e innovadores en el mercado de criptoactivos, como Binance, OKEx, BitBay y ZBX. Es probable que Malta continúe y amplíe su papel de liderazgo en el mercado de criptoactivos bajo MiCAR, ya que cuenta con un régimen nacional integral y a medida, un entorno jurídico y fiscal favorable y atractivo, y un regulador proactivo y visionario.

Conclusión

MiCAR es una legislación histórica que tiene como objetivo crear un marco armonizado y completo para la regulación de criptoactivos y servicios relacionados en la UE.

Introducirá certeza jurídica, protección al consumidor, integridad del mercado y estabilidad financiera, así como fomentará la innovación y la competencia, al permitir actividades transfronterizas y derechos de pasaporte para los emisores de criptoactivos y los CASP dentro de la UE. Sin embargo, MiCAR también plantea algunos desafíos y obligaciones para los emisores de criptoactivos y los CASP, así como para otras instituciones financieras e inversores que interactúan con criptoactivos.

Espero ver el desarrollo de este marco.

Anndy Lian es el Asesor Digital Principal de la Mongolian Productivity Organisation y socio y gestor de fondos que supervisa las inversiones en blockchain para Passion Venture Capital Pte. Ltd. Adoptador temprano de blockchain, inversor y emprendedor, ha asesorado a gobiernos, empresas públicas y organizaciones en toda Asia sobre activos digitales, tecnologías emergentes y estrategia de innovación. Anteriormente se desempeñó como presidente de BigONE Exchange y como miembro del Consejo Asesor de Hyundai DAC, la rama blockchain del Hyundai Motor Group.

Lian es el autor del libro superventas Blockchain Revolution 2030 y del recientemente publicado Web4: The Age of Autonomous Intelligence, que explora la convergencia de la inteligencia artificial y blockchain como la base de la próxima generación de internet. A través de sus escritos y trabajo de asesoría, se centra en el futuro de los sistemas descentalizados, agentes de IA autónomos, la soberanía digital y la evolución de las finanzas digitales.